Reinstalación

Si deja de trabajar en el Condado de Tulare y desea reincorporarse en el futuro, podría ser elegible para la Reincorporación . La ventaja es que no compite con el público general por una vacante en la misma categoría que ocupaba anteriormente y puede acumular vacaciones con una mayor tasa. Para ser elegible para la Reincorporación, debe haber renunciado al Condado por un período mínimo de 30 días, haber dejado el Condado con buena reputación, haber dado un aviso con al menos dos semanas de anticipación, tener una evaluación de desempeño aceptable y haber estado en estado regular o de prueba al momento de dejar el servicio.

Las solicitudes de reincorporación se presentan en línea. Comuníquese con la oficina de Desarrollo de Recursos Humanos del Condado de Tulare al (559) 636-4900 para coordinar la presentación de su solicitud de reincorporación en línea.

Las solicitudes de reincorporación se pueden obtener a través de HRD y se pueden presentar en línea para clases de trabajo específicas. Para ser elegible para la reincorporación, un empleado puede, dentro de dos (2) años, ser reincorporado a un puesto en la misma clase en un escalón en el rango salarial que es el mismo escalón salarial que el empleado estaba recibiendo al momento de la renuncia. Además, dicho exempleado puede, dentro de dicho período de dos (2) años, ser reincorporado a un puesto con calificaciones mínimas similares en la misma clase en un escalón salarial dentro del rango salarial asignado que sea más cercano a un (1) escalón por debajo del escalón salarial que el empleado estaba recibiendo al momento de la renuncia. Cuando un exempleado es reincorporado después de una separación de menos de dos años del servicio del Condado, no estará obligado a cumplir un período de prueba, a menos que un período de prueba no se haya completado durante el primer período de empleo con el Condado. Si un exempleado es reincorporado tras una separación del servicio del Condado de más de dos (2) años pero menos de cinco (5), se le exigirá un nuevo período de prueba y se le reincorporará a un escalón salarial inferior al que tenía al dejar el servicio. Si un exempleado solicita su reincorporación tras una separación de más de cinco (5) años, se le denegará. Esta denegación no le impedirá buscar empleo mediante el proceso competitivo y, de ser nombrado, se le considerará como un nuevo empleado con la expectativa de cumplir un nuevo período de prueba.

Reempleo

El reempleo está disponible para empleados del Condado, ya sean regulares o en período de prueba, que dejaron el servicio del Condado por despido y son recontratados dentro de un período de dos años. El exempleado es recontratado o contratado en la misma categoría laboral o una inferior, dentro de la categoría de la que fue despedido. Cuando se produce una vacante en un departamento, se remiten los nombres de la lista de reempleo para esa categoría para su consideración. Los exempleados permanecen en la lista de reempleo durante dos años o son dados de baja antes de ese plazo si son remitidos para dos ofertas de empleo y las rechazan.