
Cálculo de reconstrucciones por calamidad para fines de evaluación
A medida que reconstruya, sus impuestos prediales aumentarán según cómo y cuándo lo haga, de acuerdo con la ley estatal. Dado que cada situación y propiedad son únicas, comuníquese con nuestra oficina si tiene preguntas específicas sobre su propiedad.
El Código de Ingresos e Impuestos de California establece que si una catástrofe, como un incendio, un terremoto o una inundación, daña o destruye su propiedad, usted podría tener derecho a una desgravación fiscal. El tasador del condado tiene la autoridad para reevaluar la propiedad dañada o destruida por una catástrofe para reflejar su estado de deterioro.
Las propiedades reconstruidas de forma similar conservarán su valor del año base anterior (Proposición 13) a efectos fiscales. En algunos casos, puede optar por comprar una propiedad comparable y transferir su valor del año base a la nueva propiedad. No se permite transferir su valor del año base a una propiedad comparable después de la reconstrucción de la propiedad dañada. Existen diferentes normas según elija reconstruir o comprar una vivienda de reemplazo y transferir su valor del año base. Para obtener información sobre los requisitos, comuníquese con la Oficina del Tasador.
Para solicitar una desgravación fiscal sobre la propiedad tras una catástrofe, los propietarios deben presentar una Solicitud de Retasación de la Propiedad Dañada por Infortunio o Calamidad ante el Tasador del Condado dentro de los 12 meses siguientes a la fecha del daño o la destrucción. El valor estimado de la pérdida de la propiedad debe ser de $10,000 o más. Si el Tasador determina que la desgravación fiscal está justificada y reduce el valor en función del estado de los daños, el Recaudador de Impuestos ajustará los impuestos sobre la propiedad según corresponda.
La exención del impuesto predial está disponible para los propietarios de bienes inmuebles (p. ej., terrenos, mejoras estructurales y mobiliario comercial) y bienes comerciales y personales (p. ej., equipos, aeronaves, embarcaciones y ciertas casas prefabricadas). La exención por desastre no está disponible para propiedades que no estén sujetas al impuesto predial local, como casas prefabricadas con licencia estatal o muebles para el hogar. Los daños que se producen con el tiempo, como daños por termitas, movimientos graduales de tierra o enfermedades de los viñedos como la filoxera, no son elegibles.
Enlaces rápidos:
- Solicitud de reevaluación de propiedad dañada o destruida por desgracia o calamidad
- Formulario de cambio de dirección postal
- Preguntas frecuentes sobre calamidades por incendios
- Código de Ingresos e Impuestos §170 (Consulte esta sección legal para conocer todos los requisitos).
- Guía de información para socorro en caso de desastres por daños o destrucción de propiedades
Cálculo de reconstrucciones por calamidad para fines de evaluación
Si un incendio causa daños que califican para la revaluación por calamidad, la Oficina del Tasador reducirá el valor tasado de la propiedad eliminando el valor de la estructura dañada. A medida que reconstruya, el Tasador restaurará gradualmente el valor de la estructura con base en la construcción parcialmente completada al 1 de enero. A medida que se reconstruye la propiedad, el valor parcial se reflejará en su factura anual de impuestos. Una vez finalizada la reconstrucción, se restaurará la tasación de la Proposición 13 (más ajustes anuales que no excedan el 2%) que estaba vigente antes del incendio. La Oficina del Tasador enviará un Aviso de Tasación Suplementaria cuando se complete la construcción. El Recaudador de Impuestos luego enviará una factura de impuestos suplementaria que representa la diferencia entre el valor parcialmente completado en el registro de impuestos y el valor de la Proposición 13 que se restauró. Si reconstruye de una manera diferente, como agregando metros cuadrados o cambiando el uso de la propiedad, podrían aplicarse tasaciones adicionales del valor de mercado. Si no está de acuerdo con la valoración, tiene 60 días a partir de la fecha impresa en el Aviso de evaluación suplementaria para presentar una apelación ante la Junta de Apelaciones de Valoraciones .
A partir del 1 de abril de 2021, las transferencias del valor base para propiedades destruidas o dañadas en un desastre se rigen por la Proposición 19, aprobada por los votantes en noviembre de 2020. La Proposición 19 restringe las transferencias del valor base por desastre a las residencias principales. La nueva propiedad debe comprarse o construirse dentro de los dos años posteriores a la venta de la propiedad dañada. La vivienda de reemplazo puede estar ubicada en cualquier lugar de California. No hay límite de valor para la transferencia, pero cualquier monto superior al 100% se agrega al valor transferido. Las transferencias del valor base para propiedades destruidas o dañadas en un desastre solo están disponibles para quienes hayan sido destruidas o dañadas por un incendio forestal o un desastre natural, según lo declarado por el gobernador.
Proposición 171 vs. Proposición 19
Transferencia del valor del año base - Ayuda en caso de desastre dentro del condado
Información | Proposición 171 | Proposición 19 |
---|---|---|
Tipo de propiedad | Cualquier tipo de propiedad | Residencia principal |
Momento | Comprar o construir una propiedad nueva dentro de los 5 años posteriores al desastre | Comprar o construir una residencia nueva dentro de los 2 años posteriores a la venta |
Ubicación de la propiedad de reemplazo | Dentro del mismo condado | En cualquier lugar de California |
Límite de valor | Cualquier valor El importe superior al 120% se añade al valor transferido | Cualquier valor El importe superior al 100% se añade al valor transferido |
Tipo de desastre | Desastre por el cual el Gobernador proclama estado de emergencia | Incendio forestal, según se define, o desastre natural según lo declare el Gobernador |
Estatuto de aplicación | Sección 69 del Código de Ingresos e Impuestos (implementación de la Proposición 50) | Artículo 69.6 del Código de Ingresos e Impuestos (Proposición 19 implementada) |
Fechas importantes | Hasta el 31 de marzo de 2021 | Vigente a partir del 1 de abril de 2021 |
Transferencia del valor del año base - Ayuda en caso de desastre entre condados
Información | Ley actual | Proposición 19 |
---|---|---|
Tipo de propiedad | Residencia principal | Residencia principal |
Momento | Comprar o construir una nueva residencia principal dentro de los tres años posteriores al desastre | Comprar o construir una vivienda nueva dentro de los dos años siguientes a la venta |
Ubicación de la propiedad de reemplazo | Condado con ordenanza intercondados (13 condados) | En cualquier lugar de California |
Límite de valor | De igual o menor valor | Cualquier valor El importe superior al 100% se añade al valor transferido |
Tipo de desastre | Desastre por el cual el Gobernador proclama estado de emergencia | Incendio forestal, según se define, o desastre natural según lo declare el gobernador |
Estatuto de aplicación | Sección 69.3 del Código de Ingresos e Impuestos (Proposición 171 implementada) | Artículo 69.6 del Código de Ingresos e Impuestos (Proposición 19 implementada) |
Fechas importantes | Hasta el 31 de marzo de 2021 | Vigente a partir del 1 de abril de 2021 |
Nota: La información presentada tiene como objetivo proporcionar información general y resumida sobre la Proposición 19. No pretende ser una guía legal ni servir de base para ningún propósito, sino que se trata de una presentación de información resumida. En caso de conflicto entre la información presentada y el texto de la propuesta o su implementación, prevalecerá el texto de la propuesta o su interpretación legal. Se recomienda encarecidamente consultar con un abogado para obtener asesoramiento específico para su situación.
Desastre declarado por el gobernador - Proposición 50
Reclamo por la transferencia del valor del año base a la propiedad de reemplazo dentro del condado de Tulare por la propiedad dañada o destruida en un desastre declarado por el gobernador.
Importante : Utilice el formulario BOE-65-P para reclamos de la Proposición 50.
Consulte esta sección para conocer todos los requisitos: Código de Ingresos e Impuestos §69
- Se aplica a todos los tipos de propiedad.
- Transferencia de valor del año base
- Ya sea tierra o mejoras
- Desastres declarados por el gobernador
Propiedad contaminada calificada
Proposición 1
Reclamo por transferencias de valor del año base de una propiedad contaminada calificada a una propiedad de reemplazo dentro del mismo condado.
Consulte esta sección para conocer todos los requisitos: Código de Ingresos e Impuestos §69.4
- Se aplica al lugar de residencia principal.
- Transferencia de valor del año base
- Ya sea tierra o mejoras
- Propiedad contaminada calificada
Recursos de la Junta Estatal de Igualación
Puede encontrar más información sobre las disposiciones en caso de desastre en el sitio web de la Junta de Ecualización: