Las tarifas cobradas por las oficinas del Secretario y Registrador del Condado son requeridas por la ley de California ( Secciones 11901-11933 del Código de Ingresos e Impuestos ).
Las tarifas cobradas por las oficinas del Secretario y Registrador del Condado son requeridas por la ley de California ( Secciones 11901-11933 del Código de Ingresos e Impuestos ).